Corrientes, sábado 16 de mayo de 2026

Sociedad Corrientes
CUENTAS DE INVERSIÓN

Tribunal de Cuentas aprobó informe de rendiciones del ejercicio presupuestario 2019

06-06-2019
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El Informe de las Cuentas de Inversión 2018, de ejecución presupuestaria, fue aprobado por el Tribunal de Cuentas de Corrientes y será remitido a la Legislatura. Se destacan algunas observaciones para el mejor registro y control, en especial referidos al registro de fondos nacionales al presupuesto provincial así como los registros de entes descentralizados

De acuerdo con lo establecido en el Título V, Artículo 88° de la Ley Nº 5571 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control, Contrataciones y Administración de los Bienes del Sector Público Provincial; la Contaduría General de la Provincia debe enviar al Tribunal de Cuentas de la Provincia, la Cuenta de Inversión del Ejercicio Económico 2018.

La citada Cuenta de Inversión debe ser confeccionada de acuerdo con lo establecido en el Artículo 89° de la Ley Nº 5571 de Administración Financiera, generando información relevante, confiable y oportuna; constituyendo la misma una herramienta primordial para el análisis y evaluación de la gestión gubernamental.

El informe pone a disposición de las partes interesadas los resultados económico-financieros de la gestión de gobierno y la evaluación del grado de cumplimiento de las políticas públicas previstas, con el objeto de contribuir a una mayor confiabilidad y transparencia de las rendiciones de cuentas.

Las Cuentas de Inversión 2018 fueron remitidos al Tribunal de Cuentas, que el pasado 31 de mayo, emitió dictamen favorable al expediente, y consideró que el informe de Cuenta de Inversión o Cuenta General del Ejercicio para la Administración Central, expone razonablemente, en sus aspectos significativos, la ejecución presupuestaria del 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre del mismo año.

Pese a aprobar el informe, aclaró el Tribunal la falta de tiempo material de tiempo para expedirse con un nivel de seguridad sobre los organismos descentralizados y empresas del Estado Provincial.

Agregó que los entes mencionados están obligados a presentar al 31 de marzo del año siguiente sus estados contables del ejercicio anterior, plazo que incluso, en ciertos casos, no se cumple con la rigurosidad legal, por lo que algunos expedientes se siguen recibiendo, los cuales serán analizados de manera posterior durante 2019.

Con relación a los Fondos Nacionales remitidos al Gobierno Provincial, se verificó la incorporación en un elevado porcentaje de estos fondos al presupuesto provincial, no obstante se han detectado debilidades en el control interno de los procedimientos para su incorporación.

"Existe inconsistencia con lo informado por la Tesorería General de la Provincia como saldo conciliado" indicó el Tribunal.

Además el Tribunal refiere a la existencia de una cuenta corriente especial en dólares que integra el saldo de disponibilidades de la Tesorería General, y dicha exposición no se aclara fehacientemente en las Notas a los Estados Contables ni se cita su criterio de evaluación.

En relación a la Cuenta Ahorro-Inversión-Financiamiento Consolidada se observa que las variaciones patrimoniales o financiamiento neto bajo la línea, no explican integralmente el resultado financiero sobre la línea. El segundo grupo de resultados son los correspondientes a las matrices de conversión de la ejecución presupuestaria de recursos y gastos conformes a la naturaleza económica del nomenclador provincial vigente. No obstante, vale destacar que se logra justificar bajo la línea, mediante el financiamiento neto, el Resultado Financiero sobre la línea exclusivamente para la Administración Central.

Sobre este aspecto, la Contaduría expuso una Cuenta Ahorro Inversión Financiamiento resultante de un procedimiento alternativo propuesto por el Tribunal de Cuenta en reuniones técnicas realizadas con motivo del cierre de la Cuenta de Inversión 2016. El mismo consiste en la elaboración de la Cuenta AIF por parte de la cada una de las entidades del Sector Público, para proceder posteriormente a la consolidación de las que corresponden (Entidades no autofinanciadas). No obstante, no se arribó con éxito al objetivo del procedimiento por incumplimiento de algunas entidades.

Respecto al Estado de Situación Patrimonial y Resultados, sostiene el Tribunal que en consideración a que el mismo no surge como un reporte automático del Sistema Integrado- Módulo de Contabilidad y que se identifican componentes que ponen evidencia que no cumplen con los requisitos de uniformidad y de integridad, "no podemos afirmar que los mismos expresen la situación patrimonial del Estado Provincial.