Corrientes, viernes 19 de abril de 2024

Sociedad Corrientes

INYM: ratifican obligación de productores de informar de manera previa las nuevas plantaciones

10-05-2022
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El Instituto Nacional de la Yerba Mate recordó que se encuentra en plena vigencia la Resolución 170/2021, que limita nuevas plantaciones, por lo cual los productores deberán informar al organismo antes de efectuar replantes o la incorporación de nuevas superficies de yerba mate, pudo saber momarandu.com . Se trata de la medida judicializada.

La mencionada Resolución establece que a partir de enero de 2022 todos los productores inscriptos podrán incorporar hasta 5 hectáreas de nuevas plantaciones.

Además, podrán implantar anualmente hasta el 2% de las superficies de yerbales ya existentes y declarados ante el INYM, y estarán habilitados para reponer todas las plantas secas o muertas dentro de un lote ya declarado, sin alterar la densidad original de la plantación.

Sobre esa medida, el Juzgado Federal de Paso de los Libres había hecho lugar a una cautelar de no innovar y ordenó tanto al Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym) como al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca a suspender la aplicación de las Resoluciones 170/2021 y 152/2021 que establecen límites a nuevas plantaciones de yerba mate.

El fallo dio curso a una presentación de la Asociación de Productores Molineros de Corrientes integrada por Establecimiento Las Marías Sacifa, Navar SA y la Cooperativa Liebig. Previamente, en noviembre del año pasado, una medida cautelar similar había sido presentada y dado lugar por la justicia, por la empresa yerbatera La Cachuera Sociedad Anónima.

Pero desde el INYM, que cuestionó la competencia de la justicia federal libreña, ratificaron la vigencia de la Resolución 170 pese a los fallos judiciales, y recientemente oficializó la obligación de todos los productores de informar sobre replantes o la incorporación de nuevas superficies de yerba mate.

Al respecto, el INYM indicó que todo operador inscripto en la categoría PRODUCTOR, interesado en realizar nuevas plantaciones de yerba mate, replante o reposición, en el marco de lo establecido deberá cumplimentar con los siguientes requisitos:

a) Estar inscriptos en el Registro de Operadores del Sector Yerbatero en la categoría PRODUCTOR.

b) Solicitar al INYM la autorización para realizar una nueva plantación de yerba mate, o replante en su caso, informando la superficie a implantar, con una anticipación mínima de 30 días.

c) Indicar el punto GPS de la nueva plantación o replante.

d) Presentar ante el INYM la autorización de ingreso de los funcionarios a la propiedad en la que se realizará la nueva plantación o el replante.

En su articulado la Resolución 170 también determina las sanciones y las multas que se aplicarán a los operadores que realicen nuevas plantaciones sin autorización del INYM o que superen la superficie autorizada.


El Plan Estratégico 2013-2028 para la Yerba Mate Argentina busca hacer realidad “una actividad yerbatera con la mayor cantidad de actores, competitiva, socialmente responsable, equitativa y ambientalmente sustentable, que ofrezca al mundo productos naturales, genuinos y de calidad, por lo que se propone una medida encaminada hacia ese objetivo”.

En ese marco, la Resolución 170 tiene como objetivo fortalecer la sustentabilidad del sector yerbatero, poniendo en un plano de igualdad a grandes, medianos y pequeños productores para que puedan desarrollar nuevas plantaciones. De esta manera, se incentiva el arraigo de miles de familias de pequeños productores en sus chacras y se promueve un equilibrio en la oferta y demanda del producto; en el marco de un modelo de inclusión social y equidad territorial, garantizando a los consumidores un producto de calidad.