Corrientes, viernes 19 de abril de 2024

Sociedad Corrientes
CIUDAD DE CORRIENTES

Habilitan nuevas medidas en la ciudad para salones de eventos y espectáculos

17-09-2021
COMPARTIR     
Se permitirá en la Ciudad de Corrientes que la actividad en salones de eventos regrese con 70 % de aforo, recitales, recepciones y espectáculos con 50% de aforo, y se extiende el horario de cierre hasta las 4 de la mañana, informó la Secretaría de Desarrollo Económico de la Municipalidad de Corrientes.

La Municipalidad de Corrientes amplia las medidas que rigen en la ciudad por la pandemia, habilitando la realización de espectáculos, recitales y recepciones. Todas estas medidas serán cumpliendo los protocolos establecidos y con previa autorización municipal.

Los comercios y organizadores de eventos deberán presentar declaración jurada, y el croquis del lugar a realizar las actividades, previamente a la subsecretaría de Comercio municipal para su aprobación.

Se extiende el horario de cierre permitido hasta las 4 de la mañana. Estas medidas comienzan a regir desde el viernes 24 de septiembre. En los lugares se solicitará carnet de vacunación en formato físico o desde la aplicación Mi Argentina.

“Decidimos permitir mas actividades teniendo en cuenta esta fase 5, y entendiendo que estamos en condiciones con todos los cuidados de permitir la realización de eventos y espectáculos”, aclaró el secretario de Desarrollo Económico Juan Maldonado Yonna.

CAFÉS, BARES, RESTAURANTES Y SALONES DE EVENTOS

• Actividad permitida con 70% de aforo.
• Los establecimientos deberán presentar en carácter de declaración jurada ante la Subsecretaria de Comercio el croquis de los espacios destinados a clientes/asistentes a los fines de determinar el factor ocupacional con aforo permitido. Quedando excluido a tal fin los espacios destinados a estacionamientos, baños, cocinas, depósitos, etc.
• Al ingreso de los clientes/asistentes a los establecimientos se deberá exhibir carnet de vacunación en físico o en aplicación de Mi Argentina.
• Para los espectáculos en establecimientos es requisito contar con permiso emitido por ACOR.
• Horario de cierre máximo: 4 am.

ESPECTÁCULOS

• Se permiten actividades para observar -de pie- espectáculos, recitales, recepciones, actividades deportivas, etc., con aforo del 50%. Estadios cubiertos y al aire libre, graderías y tribunas.
• Los establecimientos deberán presentar en carácter de declaración jurada ante la Subsecretaria de Comercio el croquis de los espacios destinados a clientes/asistentes a los fines de determinar el factor ocupacional con aforo permitido. Quedando excluido a tal fin los espacios destinados a estacionamientos, baños, cocinas, depósitos, etc.
• Al ingreso de los clientes/asistentes a los espectáculos se deberá exhibir carnet de vacunación en físico o en aplicación de Mi Argentina.
• Para los espectáculos es requisito contar con permiso emitido por ACOR.
• Horario de cierre máximo: 4 am.