Corrientes, viernes 26 de abril de 2024

Opinión Corrientes

¿Cuánto cobran los directivos jerárquicos de la EBY?, por Francisco Tomás González Cabañas

23-06-2021
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¿Tiene el ciudadano la posibilidad de acceder a tal información?

La ley 27.275 conocida vulgarmente como “de acceso a la información pública” dispone en casi sus 40 artículos de una claridad conceptual y metodológica para que la ciudadanía pueda hacer uso de uno de los derechos fundamentales de los países democráticos.

Lamentablemente, una agencia de noticias que tiene como objeto el dar a conocer la información pública a sus posibles lectores, mediante el ingreso al portal web de la EBY en su dirección www.eby.org.ar advirtió que una de las ventanas o pestañas de este espacio oficial figuraba como “transparencia”. Haciendo click en el mismo, otra pestaña indica “remuneración del personal”, al ingresar figura una planilla escaneada con la planilla de sueldos del personal del año 2018.

La agencia de noticias se comunica con el teléfono oficial de la EBY Número 3764.532030 por mensajería instantánea, informando desde este número que tal solicitud ajustada a derecho (nómina de sueldo de personal de los años 2019 y 2020) debía ser presentada por escrito en una oficina física de la EBY en la ciudad de Posadas. En pleno tiempo pandémico, tal obstáculo hace de imposible cumplimiento el mero trámite, además de que el mismo, de acuerdo a lo informado debía pasar por el departamento de legales de la entidad binacional es decir si quiera la presentación de la nota, tampoco garantizaba el cumplimiento de la ley, que tal como expresados la misma entidad cumplió al menos en 2018 dado que subió al portal la planilla de los sueldos del personal en tal oportunidad.

Desde la agencia de noticias se comunicaron telefónicamente con un miembro jerárquico de la EBY, que pidió la reserva de su nombre, reconociendo (la agencia hizo una proyección de lo que se cobraba en 2018 y se le pidió al entrevistado que ratificara o rectificara la cifra proyectada) que cobraba en su caso, medio millón de pesos mensuales y que los directores estaban “más arriba”.

Desde la República del Paraguay, recordando el carácter binacional de la EBY, los diputados del hermano país remitieron una solicitud de informe a las autoridades para que se indique precisamente el gasto que incurren en personal, informe que como corresponde mediante los medios de comunicación llegaron a la ciudadanía.

Seguramente las autoridades políticas tomaran las medidas del caso. En el caso de que corresponda, porque no una autoridad judicial. La más importante es la actitud ciudadana, que debe tener en claro, que una vez más se le está negando un derecho fundamental de las democracias modernas, el acceso a la información. Seguramente, sólo la información lo podrá determinar, una de las razones del ocultamiento es que deben cobrar sueldos pornográficos en medio del hambre, la miseria y la pobreza rampante en Argentina en general y en Misiones y Corrientes en particular, donde la EBY tiene asentados la mayoría de sus instalaciones y desde donde de 2019 a esta parte, son muchos del personal jerárquico afectados como trabajadores, designados discrecional o políticamente, son haberes que deben multiplicar en más de 15 veces el básico mínimo de los trabajadores formales y en más de 30 a los trabajadores informales de un país africanizado en términos democráticos.