Corrientes, martes 23 de abril de 2024

Política Corrientes

Elecciones Nacionales: los partidos en Corrientes tendrán un tope de gasto de campaña de $27 millones

09-05-2021
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La Cámara Nacional Electoral determinó los Montos Máximos Anuales y Límites de Gastos de Campaña 2021 para los partidos políticos. Los partidos o alianzas de Corrientes tendrán un tope de gasto de campaña de Corrientes $ 9.123.136 para las primarias (PASO) y de $18.246.271 para las Generales. Además se establecieron montos máximos de aportes privados.

La decisión de la Cámara Nacional Electoral dispone topes a los gastos de los partidos políticos o alianzas, así como de los aportes privados que pueden recibir para las elecciones de carácter nacional.

Además se establecen dichos topes según cada jurisdicción provincial en la que tienen asiento los partidos políticos que participarán en las primarias y las generales.

En cuanto a las elecciones que se realizarán este año, para las Elecciones Primarias PASO se estableció un tope de $9.123.136 para la provincia de Corrientes como límite de gastos de campaña para los partidos políticos, alianzas y confederaciones autorizados por ley.

Además se estableció para Corrientes un tope de $ 18.246.271 de límite de gasto de campaña para las elecciones generales, de acuerdo a las resoluciones de la Cámara Nacional Electoral a las que accedió Momarandu.com.

Según el Artículo 45 ley 26.215 Límite de gastos. En las elecciones nacionales, los gastos destinados a la campaña electoral para cada categoría que realice una agrupación política, no podrán superar, la suma resultante al multiplicar el número de electores habilitados, por un (1) módulo electoral de acuerdo al valor establecido en la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional del año respectivo. A efectos de la aplicación de lo dispuesto en este artículo, se considerará que ningún distrito tiene menos de quinientos mil (500.000) electores.

El límite de gastos previstos para la segunda vuelta será la mitad de lo previsto para la primera vuelta. (Artículo modificado por art. 60 de la Ley N° 26.571 B.O. 14/12/2009) Artículo 33 ley 26.571 Los gastos totales de cada agrupación política para las elecciones primarias, no pueden superar el cincuenta por ciento (50%) del límite de gastos de campaña para las elecciones generales.

Las listas de cada una de las agrupaciones políticas tendrán el mismo límite de gastos, los que en su conjunto no podrán superar lo establecido precedentemente. Por la lista interna que excediere el límite de gastos dispuesto precedentemente, serán responsables solidariamente y pasibles de una multa de hasta el cuádruplo del monto en que se hubiere excedido, los precandidatos y el responsable económico-financiero designado.



MONTOS MÁXIMOS PRIVADOS



Por otra parte, se establecieron montos máximos de aportes privados para campaña electoral por persona humana o jurídica.

En el caso de la provincia de Corrientes se fijó en 182.463 pesos el monto máximo de aporte privado para las Elecciones Primarias PASO.

En tanto, las Elecciones Generales el monto máximo de aporte privado será de $ 364.925 en la provincia de Corrientes.

Según el Artículo 44 bis de la Ley 26.215, las agrupaciones políticas podrán recibir, con motivo de la campaña electoral, un total de recursos privados que no supere el monto equivalente a la diferencia entre el tope máximo de gastos de campaña fijado por esta ley y el monto del aporte para campaña electoral correspondiente a la agrupación.

Para cada campaña electoral, las agrupaciones políticas no podrán recibir de una misma persona humana o jurídica un monto superior al dos por ciento (2%) de los gastos permitidos para esa campaña.

Con antelación suficiente al inicio de la campaña, la Cámara Nacional Electoral informará a los partidos políticos el límite de aportes privados para campaña permitidos de acuerdo a este artículo, y publicará esa información en el sitio web de la justicia nacional electoral. (Artículo sustituido por art. 21 de la Ley N° 27.504 B.O. 31/05/2019) Artículo 45 ley 26.215 Límite de gastos.

En las elecciones nacionales, los gastos destinados a la campaña electoral para cada categoría que realice una agrupación política, no podrán superar, la suma resultante al multiplicar el número de electores habilitados, por un (1) módulo electoral de acuerdo al valor establecido en la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional del año respectivo. A efectos de la aplicación de lo dispuesto en este artículo, se considerará que ningún distrito tiene menos de quinientos mil (500.000) electores. El límite de gastos previstos para la segunda vuelta será la mitad de lo previsto para la primera vuelta.



MONTO DE APORTES PRIVADOS 2021

Por último, se fijó el monto máximo de aportes privados para el desenvolvimiento institucional del año 2021, por persona humana o jurídica para los partidos políticos.

Para la provincia de Corrientes, ese monto será de 364.925 pesos, de acuerdo a la Cámara Nacional Electoral.

Según el Artículo 16 ley 26.215, los partidos políticos no podrán recibir de una misma persona humana o jurídica por cada año calendario para desenvolvimiento institucional un monto superior al dos por ciento (2%) del que surja de multiplicar el valor del módulo electoral por la cantidad de electores registrados al 31 de diciembre del año anterior.