Corrientes, viernes 29 de marzo de 2024

Chaco
PIDEN APERTURA

Colectivo chaqueño eleva petitorio por apertura del Puente Belgrano y cese de cobro de hisopados

18-09-2020
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Se trató de la tercera movilización con las mismas solicitudes al gobierno de Corrientes. 

Esta vez, el colectivo "liberen el puente" o "flexibilización para el ingreso del puente para la Provincia de Corrientes" se convocó a las 17 horas en la rotonda de Avenida Sarmiento y Ruta 16 en la Ciudad de Resistencia.  

Luego marchó hacia Corrientes para pedir que se abra paso y se dejen de cobrar los estudios de hisopado.

La modalidad de protesta fue una caravana de vehículos en contra de los estrictos controles de seguridad sanitaria.

Natalia Grabre, del colectivo chaqueño "Liberen el puente" o "flexibilización para ingresar a Corrientes.", dijo a momarandu.com que el colectivo sintetizó sus pedido en un petitorio dirigido a las autoridades correntinas.

Se solicita permiso para "ingreso y control" de inmuebles a quienes tienen propiedades en Paso de la Patria y en Empedrado. 

También se solicita el paso de "trabajadores de la zona de Santa Lucía, que son productores".

Grabre señaló que para estos casos "la imposibilidad" de acceso es de "más o menos seis meses, de no poder acceder a sus propiedades",

También se pedirán "un criterio un poco más flexible respecto de las visitas a familiares", agregó

"Lo que pedimos es, teniendo en cuenta las medidas y el protocolo vigente para esta situación de Covid poder volver a una nueva normalidad considerando que vamos a tener que convivir con el virus", dijo Gabre.

"Esta imposibilidad de poder movernos y de poder tener contacto con nuestros afectos nos daña", subrayó la vocera del colectivo chaqueño.
  
LA CARTA COMPLETA

Resistencia, 18 de septiembre del 2020
Al Gobernador de la Provincia de Corrientes
Sr Gustavo Valdés
PRESENTE:

Como ciudadanos, acudimos a usted ya que es de público conocimiento el nexo que une a Resistencia Chaco y a Corrientes Capital, no sólo económico si no también familar afectivo y laboral. Solicitamos que tenga a considerar la importancia de flexibilizar el paso interprovincial a todas las actividades exceptuadas a nivel nacional como así tambén la importancia del ACOMPAÑAMIENTO A FAMILIARES U OTRAS REDES QUE FORMAN PARTE DE VÍNCULOS FILIALES O AFECTIVOS, tan importante en este contexto en donde han aumentado las enfermedades de salud mental, como la depresión y en el peor de los casos los suicidios, consideramos como ciudadanos que se contemplen otras alternativas a fin de poder FACILITAR el tránsito.
Es claro que el Estado debe resguardar la salud y los intereses de sus habitantes pero salud no sólo comprende un estado de bienestar físico si no también mental y social, es decir una armonía y equilibrio entre la persona y el medio que rodea y en el cual se desenvuelve y persigue el desarrollo de su plenitud, lo cual es un derecho humano fundamental y debe ser PROPORCIONAL E IGUAL PARA TODOS LOS CIUDADANOS ya que contamos con un sistema de salud pública en nuestro país.
Entendemos el contexto de pandemia que estamos atravesando y es por eso por lo que estamos de acuerdo en tomar todas las medidas de bioseguridad como así también realizarnos el hisopado a fin de evitar contagios pero que el contexto de pandemia no sea el camino para quebrantar nuestros derechos de circular, trabajar, ser asistido. Con todo el respeto que usted merece le solicitamos que revea con urgencia la situacion en la que se están gestionando los permisos desde la página, lo hemos escuchado hacer pública cada medida anunciada pero lo que ahun no vemos es que esas medidas sean realmente efectivas ya que los permisos no nos han sido otorgados, y en el peor de los casos siguen en revisión por semanas sin tener respuesta, mientras tanto nuestras familias, nuestros empleos y nuestros derechos siguen a la espera. Nuestra propuesta es siempre unirnos en el diálogo, pero ante la negativa y el incumplimiento de nuestras garantias constitucionales exijimos al Gobierno Nacional tomar conocimiento de esta situacion y al gobierno provincial de Corrientes las siguientes propuestas:
1) Celeridad en los permisos.
2) Otorgar un respetivo número de gestion a cada uno de ellos.
3) Instalar en el control del puente General Belgrano del lado correntino el PLAN DETECTAR a fin de que no tengamos que abonar el hisopado para ninguna persona que por razon fundada precise ingresar a la ciudad de Corrientes.
4) Flexibilizar el traslado de menores de padres separados, adultos mayores o personas que necesiten asistencia por enfermedades complejas, tratamientos o por cuestiones de salud mental.
5) Habilitar una linea telefonica para los permisos.
6) Las personas que tengan domicilio laboral en corrientes puedan ingresar diaramiente ateniendo a las medidas establecidas.
7) Personas que acrediten ser propietarias o inquilinos de viviendas en la ciudad puedan ingresar y permanecer en la ciudad y realizar la curentena dentro de su hogar.

Recordamos al Sr Gobernador Gustavo Valdés que estamos en plena vigencia de la Constitución Nacional y que nos amparámos en las garantías constitucionales que están a disposicion de los habitantes para sostener y defender nuestros derechos.
Artículo 14- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: De trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.
Artículo 16- La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: No hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.,
Artículo 17- La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley.
Artículo 19- Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe
Artículo 28- Los principios, garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio.

TRATADOS INTERNACIONALES CON RANGO CONSTITUCIONAL:
CONVENCION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
CONVENCIÓN AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS .