Corrientes, miercoles 24 de abril de 2024

Sociedad Corrientes
HASTA EL 29 DE MAYO

Se extiende el plazo para canjear los billetes de $5

31-03-2020
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El Banco Central de la República Argentina (BCRA), mediante comunicación A6948, resolvió extender hasta el 29 de mayo de 2020 la acreditación en cuenta o el canje por otros billetes y monedas del billete de $5. Paralelamente, se reiteró la vigencia de las reglas vigentes para el uso de tarjetas y cuentas bancarias para argentinos en el exterior.

Hasta el 31 de agosto de 2020 los bancos deberán depositar dichos billetes en calidad de deteriorados en sede del Banco Central.

Por otro lado, se informó que las personas con residencia en el país que todavía permanecen en el exterior pueden en cualquier lugar del mundo realizar las siguientes operaciones en el marco de la normativa del Banco Central de la República Argentina.

• Consumir bienes y servicios con los fondos disponibles en cuentas locales del cliente en moneda extranjera o en pesos utilizando la tarjeta de débito.

La decisión de si ese consumo se debita de la caja de ahorro en pesos o de una cuenta en moneda extranjera depende de cada cliente, que puede elegirla en la web de su banco o al momento de hacer la compra.

• Retirar moneda extranjera en efectivo por hasta los fondos disponibles en sus cuentas locales en moneda extranjera utilizando la tarjeta de débito.

Los fondos disponibles pueden ser incrementados mediante la realización de compras de cambio a través del homebanking dentro de los límites normativos previstos (US$ 200 mensuales por persona), transferencias en moneda extranjera desde otras cuentas propias o cuentas de terceros, etc.

• Retirar moneda extranjera en efectivo con débito en sus cuentas locales en pesos utilizando la tarjeta de débito.

Una extracción con débito en la cuenta en pesos es compra de moneda extranjera por parte del residente computable a los efectos del límite de US$ 200 mensuales por persona.

• Consumir bienes y servicios con tarjetas locales de crédito y/o compra hasta el límite otorgado por el emisor de la respectiva tarjeta.

• Retirar en efectivo con tarjetas locales de crédito y/o compra hasta un monto máximo de US$ 200 en países no limítrofes y US$ 50 en países limítrofes. Este monto es un adelanto del emisor de la respectiva tarjeta y está sujeto a los costos financieros correspondientes.

Este límite es por operación, pudiendo efectuar tantas operaciones como le permita el monto máximo de anticipos en efectivo fijado para la tarjeta de crédito y/o compra.

• Recibir, en cuentas de remesadoras en el exterior, fondos transferidos por otros residentes desde cuentas locales en moneda extranjera. Los ordenantes podrán transferir hasta US$ 500 por mes calendario. Esta opción deberá ser obligatoriamente ofrecida a sus clientes por las entidades financieras a través de sus canales electrónicos.

Al margen de las disposiciones del BCRA, estas operaciones pueden estar sujetas a restricciones operativas establecidas por los sistemas de pagos internacionales o por las normas del país donde se realice la operación.