Corrientes, jueves 25 de abril de 2024

Cultura Corrientes
DECRETO N° 77 / LEY N° 6.284

Promoverán Escuelas de Artes y Oficios para Carnaval, Música Popular, Luthería y Gastronomía local y regional

24-02-2020
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Foto: Ballet Oficial de la 30° Fiesta Nacional del Chamamé. Ph. Facundo Sagardoy. 

Por Decreto Nº 77, se crea el Programa de Escuelas de Artes y Oficios con el objetivo de implementar y desarrollar las Escuelas de Artes y Oficios en distintas localidades de Corrientes.

A partir de ahora, Corrientes , podrá implementar otras ofertas académicas y capacitaciones que respondan a los objetivos de las Escuelas de Artes y Oficios, coordinar las ofertas y demandas de formación en toda la provincia, gestionar la implementación de tecnologías de información y comunicación en el funcionamiento de las Escuelas, los cursos y capacitaciones, facilitando el aprendizaje y el acceso a las actividades formativas, y establecer relaciones de coordinación, trabajo conjunto, gestión asociada y cooperación con organismos, instituciones y entidades públicas y privadas, municipales, provinciales, nacionales e internacionales.

Se contará con una Unidad Ejecutora del Programa de Escuelas de Artes y Oficios, que estará a cargo de una Coordinación General, un Órgano Consultivo que es será su Consejo Asesor, un Órgano de Control y Evaluación, y un Área de Coordinación y Comunicación. La persona que ejercerá la Coordinación General será designada por el Poder Ejecutivo, y el Consejo Asesor será integrado por un representante del Instituto de Cultura, un representante del Ministerio de Educación de las áreas competentes vinculas a las artes y oficios objeto de la ley y un representante de áreas relacionadas con el trabajo o las actividades económicas vinculadas a a los fines del programa. Los representantes designados ejercerán su función ad-honorem.



El Órgano de Control y Evaluación, tendrá un área de control del programa y un área de supervisión académica, técnica y artística. La organización del Órgano de Control y Evaluación y del Área de Coordinación y Comunicación, y las funciones de todos los órganos que se establecen en este artículo, serán determinadas por la Autoridad de Aplicación.

La medida incluye un Registro de Cursos y Capacitaciones para el Programa de las Escuelas de Artes y Oficios, a cargo de la Coordinación General

El Programa de Escuelas de Artes y Oficios, las áreas especificadas brindarán formación y capacitación en a) Artes tradicionales: Carpintería Artesanal, Cerámica, Arte y Técnicas de Tejido en Telar Criollo y de Mesa, Talabartería y Platería, Dibujo y Pintura; b) Artísticas: Artes y oficios del Teatro, Folclore, Muralismo, Arte Público y Audiovisual, Diseño, corte y confección de vestuarios para espectáculos; Diseño y construcción de carrozas y escenografía móvil; c) Interés general: Arteterapia; d) Salida laboral: Serigrafía, Sistema de Impresión Planográfica, Estampado Textil, Marroquinería, confección de Carteras y Sandalias, confección Industrial de Mochilas y Carteras en Cuero, Iluminación y sonido para espectáculos, zapatería para espectáculos, maquillaje artístico, herrería artística.

El Programa podrá emitir Constancias de Acreditación de Saberes en función de los niveles que configuren al ámbito formativo y profesional, a la graduación de oficios y roles profesionales presentes en el sector, que establecerá la Autoridad de Aplicación. Las denominaciones adoptarán los términos y especialidades existentes en cada ámbito formativo, favoreciendo las vinculaciones y la inserción de los egresados en el mundo del trabajo, evitando términos anacrónicos. Al finalizar los cursos se entregarán a los egresados, una Constancia de Acreditación de Saberes conforme la especialidad.

Además, se creará un Fondo para el Programa de las Escuelas de Artes y Oficios, con el cual se realizarán los objetivos y acciones determinadas en su norma, que se integrará con fondos provinciales, presupuestos y fondos asignados específicamente, aportes municipales, donaciones, subsidios, fondos u otros aportes provenientes de fideicomisos y otros instrumentos financieros, y de personas físicas o jurídicas, estatales y no estatales, públicas y privadas, nacionales e internacionales, importes derivados de prestaciones de servicios y recursos provenientes de realización de actividades y eventos extra curriculares, entre otros recursos.

LAS ESCUELAS DE ARTES Y OFICIOS

Las Escuelas de Artes y Oficios dentro del Programa ofrecerán cursos de capacitación y formación con el objetivo de contribuir a que los jóvenes, adultos y adultos mayores encuentren un espacio para el desarrollo de herramientas prácticas que les permitan insertarse en el mundo laboral. Sus destinatarios, son jóvenes, adultos y adultos mayores a quienes se impartirá enseñanza teórico-práctica técnica en arte u oficio.

Las Escuelas de Artes y Oficios tendrán una Estructura de Organización compuesta por una Coordinación, un Área de Capacitación y un Área de Administración.

La Organización complementaria, específica de cada Escuela de Arte y Oficios, será determinada por la Autoridad de Aplicación y aprobada por decreto del Poder Ejecutivo.

La medida administrativa indica que deberán abrirse Escuelas de Artes y Oficios del Carnaval, de Música Popular, de Luthería y de Gastronomía Local y Regional.

Se entiende por artes y oficios del carnaval, las habilidades, conocimientos, destrezas, valores y formas de actuar, creaciones visuales mediante recursos plásticos, lingüísticos, sonoros y expresión corporal, relacionadas a la actividad del carnaval, para la formación profesional del mismo que contribuya a una actividad productiva ya sea de bienes o servicios con la que una persona capacitada en estas áreas pueda utilizarla como sustento principal de su vida y actividad profesional.



La Escuela de Música Popular tendrá por objetivos formar músicos capacitados en lectoescritura musical, con el fin de fomentar el desempeño en composición y arreglos musicales que aporten al cancionero cultural y popular de esta tierra, crear la orquesta folclórica juvenil, crear el coro juvenil chamamecero y formar cantantes y músicos profesionales en la lectura y escritura musical universal para que tengan la posibilidad de interpretar todo estilo musical y también puedan aportar arreglos y composiciones propias.

La Escuela de Luthería tendra por objetivo formar especialistas en fabricación y reparación de instrumentos de cuerda y que puedan brindar la asistencia necesaria para que se pueda contar con instrumentos en condiciones óptimas de calidad y trabajo artesanal en la provincia y en la región.