Corrientes, miercoles 24 de abril de 2024

Opinión Corrientes

Rarezas (omisiones) de un juicio consumado, por Luis María Díaz Colodrero

08-07-2019
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(Por Luis María Díaz Colodrero) El ex intendente Sr. Bassi y quien fue su colaborador Sr. Raimundi fueron sobreseído por mayoría de los integrantes del Tribunal Oral Penal de Goya

Estaban acusados por incumplimiento de los deberes de funcionario público, a raíz de una denuncia penal que presenté en la Justicia con fecha 9 de Febrero del 2.015.

Ella hacía referencia concretamente a ciertas facturas correlativas que habían sido extendidas sin fecha a nombre de la Municipalidad de Goya a favor de una empresa que presta servicios de catering de la localidad por agasajos gastronómicos que había ofrecido a militares, el batallón de Ingenieros de Monte 12 con asiento en esta ciudad.

Conocedor por información pública del organismo municipal, que ellas devenían de uno de seis convenios que se había suscripto entre el Intendente Bassi y el jefe del batallón, teniente coronel Skobalski. La denuncia solicitaba al Sr. fiscal se investigue el total de la extraña operatoria que denotaba una absoluta falta de transparencia y descontrol administrativo, resultando increíble que el Ejército Argentino tenga una modalidad de contratación por la que la unidad local reciba directamente bienes y servicios de un tercero,(en este caso la Municipalidad de Goya), y mucho menos que tal modalidad de contratación pueda ser decidida y pedida especialmente por su jefe en forma autónoma e independiente de la jerarquía propia de la organización militar.

La denuncia continuaba expresando: “Tal falta de transparencia demanda de la jurisdicción la investigación sobre cómo se registraron los contratos de prestación de servicios entre el Ejército y la Municipalidad, cuáles son sus términos y cómo se controló, documentó y registró su operatoria. Es decir, a qué partida presupuestaria se imputó el gasto en el Municipio y qué tipo de comprobante emitía el Ejercito al recibir cada una de las prestaciones, ante la posibilidad cierta de hallarnos ante la comisión de un delito contra la administración pública, sea el de malversación de caudales públicos o el de peculado”.

Con respecto a la comisión del delito, decía: “Estimo que el hecho denunciado podría subsumirse en los arts. 260 y 261 del Código Penal, sin perjuicio de otros delitos que el Sr. Fiscal de Instrucción o el Tribunal puedan descubrir en la investigación de los hechos denunciados.

Con posterioridad a la fecha de la presentación de la denuncia, el 20 de marzo procedí a ampliarla ante el Sr. juez de Instrucción Dr. Jorge A. Carbone, solicitando entre otras cuestiones se investigue cuál fue el criterio para que en el sexto convenio, Ampliación playa norte INGA.(segunda etapa) suscrito el 10/11/2.014, sobre una estimación que serían necesarias 625 horas de trabajo de las máquinas y sin haberse completado el trabajo, la municipalidad ya había cumplido con "el pago total" TOTAL.(contraprestación).

INTERROGANTE: ¿Se anexó e Investigó este insólito pago por anticipado que contenía la ampliación de la denuncia original?-

Pareciera que NO pues al prestar declaración testimonial en el juicio, al pretender exponerla ante el Tribunal, fui interrumpido por el presidente del Tribunal, quien me expresó que debía circunscribirme a los hechos contenidos en la denuncia original.

Tampoco pareció importante investigar la publicación del ex intendente, Sr. Bassi al explicitar su evaluación en cuanto al resultado de los convenios, entre otros beneficios para "toda" la comunidad, cuando expresa textualmente: “Como ejemplo basta la construcción por parte del batallón del refugio Pu Aka en la Isla del Cerro frente al puerto, que además del uso del personal militar, por convenio suscripto (¿?) podrá ser utilizado por el personal municipal. Pero lo más importante es que la comunidad gana por partida doble, ya que le quedan las obras y, además, siente una más plena integración con su ejército, el ejército de la democracia”. Firmado GESTION PROFE BASSI- GOYA PUEDE.

Amiga. amigo lector: les he relatado textualmente la verdad de los hechos, extractados de diversas documentaciones que obran en mi poder.

No obstante, tanto los Sres. Bassi y Raimundi resultaron sobreseídos por mayoría de los integrantes del Tribunal que los juzgó tan sólo por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Saque sus propias conclusiones. Esta "COLABORACION" del Ejército, es costó a la comunidad, en los años 2014/15, la cifra de $ 558.OOO de aquellos tiempos.

Por último: quiero hacerles saber otra extrañeza: el teniente coronel Skobalski, hasta donde pude saber, jamás fue citado por la Justicia a prestar declaración.